CAPITULO VIII: DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

Artículo 9. Estantería abierta, La biblioteca ofrece sus servicios en un sistema de estantería abierta, mediante la cual el usuario en forma personal y directa busca los libros que le resultan necesarios; no así los materiales y áreas de acceso restringido, como la hemeroteca.

Artículo 10. Préstamo en sala, es la posibilidad que tiene todo usuario de acceder al  acervo disponible dentro de la biblioteca.

Artículo 11. Préstamo externo o a domicilio, consiste en la autorización que se otorga a los usuarios internos, (ver artículo 23) para llevar por un tiempo determinado fuera de la biblioteca las obras monográficas. El plazo podrá prorrogarse, ya sea presencial o por vía telefónica por dos periodos iguales, siempre y cuando el préstamo no esté vencido o el material no esté reservado por otro usuario, y podrá devolverse en la fecha establecida o antes si así lo decide el usuario. El número de libros en préstamo varía dependiendo el tipo de usuario, cómo a continuación se describe:

Los usuarios internos de licenciatura, maestría y doctorado, tendrán derecho al préstamo de 10  libros por 30 días naturales, con posibilidad de renovarlo en varias ocasiones. Los investigadores, becarios posdoctorales podrán solicitar 20 libros en préstamo por 30 días naturales.  Si durante el período de renovación el material es solicitado por otro usuario, se notificará esta situación al usuario que lo renovó, quien deberá entregar el material en un período máximo de 3 días.

Los usuarios externos, (ver artículo 24) con registro tienen derecho al préstamo de 10  libros durante un mes, con posibilidad de renovarlo en tres ocasiones, siempre y cuando no lo esté solicitando otro usuario, tomando en cuenta que la prioridad la tendrán siempre los Investigadores y estudiantes de la UCIM.

No serán objeto de préstamo a domicilio las obras de consulta, publicaciones periódicas y material único.

Para el  servicio de préstamo de libros de la Biblioteca del Instituto de Matemáticas de Ciudad Universitaria. Se debe de cumplir con los siguientes requisitos de préstamo: llenar el formato correspondiente, localizado en la página de la misma biblioteca, y enviar una fotografía digitalizada tamaño infantil al departamento de difusión del Instituto.

Podrán contar con un registro provisional, los profesores, investigadores,  y alumnos visitantes  que estén trabajando con un investigador de la UCIM por un tiempo determinado, este  investigador  fungirá como aval del visitante.

Artículo 12. El préstamo interbibliotecario: Consiste en proporcionar a los usuarios de otras dependencias,  los materiales de la Biblioteca de la UCIM,  asimismo permite  a  nuestros usuarios tener acceso a las colecciones  de otras bibliotecas, en términos de equidad y reciprocidad. Este tipo de préstamo se realizará bajo los siguientes términos:

  • Se llevará a cabo previo convenio entre las bibliotecas interesadas, para beneficio mutuo, y en el entendido de que la biblioteca solicitante se sujetará a las normas fijadas por la biblioteca prestataria.

  • Cada convenio interbibliotecario, deberá ir firmado en original y copia en papel membretado por el responsable de la Biblioteca solicitante, y las personas autorizadas para realizar dicho trámite, acompañado del sello de la dependencia.

  • El préstamo interbibliotecario es un procedimiento de carácter interinstitucional, por consiguiente los responsables en términos administrativos y/o legales, son los coordinadores, jefes o responsables de las Bibliotecas.

  • Sólo se firmarán convenios de préstamo interbibliotecario con aquellas instituciones públicas y privadas que sean afines a la UCIM.

  • Los convenios de préstamo interbibliotecario se renovarán cada año.

El préstamo interbibliotecario se efectuará de acuerdo a las siguientes normas:

  • La biblioteca solicitante, presentará una solicitud por cada título requerido en préstamo en original con dos copias, anotando claramente, título, autor y clasificación, la papeleta llevará el sello de la biblioteca solicitante y la firma de la persona que esté autorizada para realizar dicho trámite.

  • Es obligación de la biblioteca solicitante verificar los datos bibliográficos en los catálogos electrónicos antes de solicitar el material en préstamo.

  • La reserva del material solicitado  en préstamo se podrá hacer a través de correo electrónico o vía telefónica.

  • El material se prestará por siete días naturales, renovables hasta dos veces, siempre y cuando no haya sido solicitado por otro usuario.

  • Como máximo, cada biblioteca podrá  solicitar en préstamo interbibliotecario  5 obras de manera simultánea.

  • En caso de que la biblioteca solicitante no respete las fechas señaladas para la devolución, el servicio de préstamo interbibliotecario será suspendido, hasta que el material sea devuelto.

  • En caso de que la biblioteca solicitante tenga adeudos de material por extravío,  el servicio de préstamo interbibliotecario será suspendido hasta la reposición del material.

  • No son susceptibles de préstamo interbibliotecario las obras de consulta, enciclopedias, diccionarios, directorios, revistas, material en reserva, y otros materiales que la Comisión de Biblioteca considere importantes.

  • El horario de atención para solicitar este servicio, será dentro del horario de la biblioteca.

Artículo 13. Préstamo a través del aplicativo móvil. Consiste en proporcionar el servicio de auto préstamo externo, a los usuarios que así lo deseen a través de su teléfono móvil, o bien a través de una tablet destinada para este fin dentro de la biblioteca. El usuario previamente dará de alta esta herramienta en su aplicativo móvil.

Artículo 14. Reservación anticipada de préstamo de libros, consiste en apartar material bibliográfico previa solicitud para su uso, en sala o para préstamo a domicilio, para ello debe atender lo siguiente:

  1. El material se puede reservar con dos días de anticipación, y solo se resguardará durante 2 días, si después de este tiempo el usuario que solicitó tal servicio no lleva a cabo la conclusión del registro de préstamo, el material reservado será colocado nuevamente en la estantería.

  2. Sólo se puede reservar un título a la vez.

Artículo 15. Orientación e información a usuarios, consiste en orientar, instruir e informar a los usuarios en el manejo de los catálogos, herramientas de información y servicios documentales.

Artículo 16. Servicio de documentación, consiste en compartir recursos bibliográficos y hemerográficos con otras dependencias afines a ésta.

Artículo 17.  Consulta especializada, se brinda acceso a fuentes de información electrónica, como bases de datos nacionales e internacionales, referenciales y de texto completo, libros, revistas y tesis.

Artículo 18.  Hemeroteca, proporciona información actualizada y retrospectiva publicada en revistas, periódicos, entre otros, nacionales e internacionales; su consulta en formato impreso, se realiza exclusivamente en la sala de lectura, o bien en formato electrónico, en la sala de cómputo o desde los cubículos de investigadores, técnicos académicos y estudiantes.

Artículo 19.  Boletín de nuevas adquisiciones, contiene las referencias bibliográficas de los libros recién adquiridos por la biblioteca a través de compra y donación.

Artículo 20.  Búsquedas bibliográficas y obtención de documentos, por medio de estos servicios, se recupera todo lo escrito sobre un tema o autor en especial, y se obtienen documentos nacionales e internacionales no disponibles físicamente en la biblioteca.

Artículo 21. Análisis de citas, es la búsqueda de citas a los trabajos de un autor en el Science Citation Index y/o Mathscinet, este servicio se proporciona a los investigadores del UCIM que así lo requieran,  para el ingreso y/o permanencia en el programa del Sistema Nacional de Investigadores  y/o promociones.

Artículo 22. Fotocopiado, por medio de este servicio, el usuario puede solicitar copias de artículos de libros en reserva y revistas que no salen de la biblioteca.

Biblioteca Solomon Lefschetz

Instituto de Matemáticas, Unidad Cuernavaca

Horarios

Av. Universidad s/n. Col. Lomas de Chamilpa, código postal 62210, Cuernavaca, Morelos.

Horario:

  • Lunes a jueves 8:30 - 15:00 hrs. y 17: 00 -20:00
  • Viernes 8:30 -15:00 y 17:00 - 19:30

Teléfono:

  • 777 329 18 90